sábado, 23 de abril de 2016

CIUDADANÍA Y DERECHOS



Como diría García Canclini (2002) la ciudadanía tiene cada vez más que ver con prácticas sociales y culturales que otorgan sentido a la propia identidad y a las formas de pertenencia. Y este sentido se articula en numerosas ocasiones con la posibilidad de acceso a los bienes, a los servicios y a los productos que forman parte del grupo de referencia.


Giovanna Procacci (1999) nos recuerda de esta manera que la ciudadanía es más un proceso que un derecho, si la planteamos desde la dimensión de las identidades y la diversidad.


1- Derecho al lugar: vivir en el lugar que es significativo para uno, derecho a
trabajar y vivir en el lugar de referencia.
2- Derecho al espacio público y a la monumentalidad: contra la fragmentación del espacio y por la redistribución social. “Ser visto y reconocido por los otros”
significa poder hablar del lugar donde se vive.
3- Derecho a la belleza. Incorporación de la dimensión estética en todas partes de
la ciudad. “La estética del espacio público es ética”.
4- Derecho a la identidad colectiva. No como un comunitarismo mal entendido,
sino como derecho al patrimonio cultural de los grupos y los colectivos.
5- Derecho a la movilidad y a la accesibilidad. Igualar las condiciones de acceso a las centralidades. Hacer de cada barrio un lugar interesante, visible y accesible.
6- Derecho a la centralidad: cada espacio debe poseer lugares con valor de
centralidad.
7- Derecho a la conversión de la ciudad marginal o ilegal en ciudad de
ciudadanía. Las políticas ciudadanas deben llegar a los márgenes, no sólo las
políticas asistenciales. Eso significa equipamientos, legalización, participación y
asociación. Articulación de políticas de la diferencia para aquellos grupos con
menos visibilidad.
8- Derecho a la ciudad metropolitana: gobiernos de proximidad, gestión de
recursos y equipamientos plurimunicipales.
9- Derecho al acceso y al uso de las tecnologías de información y comunicación.
Democratizar el acceso a las nuevas tecnologías, formas de comunicación con el
ciudadano, formación.
10- Derecho a la ciudad como refugio: la ciudad como área de protección y
seguridad.
11- Derecho a la protección. El gobierno municipal como defensor de oficio del
ciudadano: frente a otros organismos superiores y frente a las empresas (por
ejemplo prestadoras de servicios).
12- Derecho a la justicia local y a la seguridad. Espacios públicos protectores, es
decir, animados. Y al mismo tiempo, acceso a la justicia y a la seguridad en
todos los sectores sociales.
13- Derecho a la ilegalidad: Apoyar las demandas no reconocidas en derechos
legales, para proteger a ciudadanos vulnerables por cuestión de su situación
legal. Apoyar desde la ciudad lo legítimo, no sólo lo legal, y actuar así como
mediador ante instituciones supramunicipales.
14- Derecho al empleo y al salario ciudadano. Además de las políticas generadoras de empleo en la propia ciudad, políticas de salario ciudadano y redes de seguridad frente a la inestabilidad del empleo.
15- Derecho a la calidad del medio ambiente. Preservar el patrimonio para las
generaciones futuras: recursos naturales, patrimonio histórico-cultural y
protección frente a las agresiones al entorno.
16- Derecho a la diferencia, a la intimidad y a la elección de los vínculos
personales. Y al desarrollo de acciones positivas que la garanticen.
17- Derecho a tener el mismo estatuto jurídico y político de ciudadano de todos los residentes de la ciudad: igualdad de derechos y responsabilidades. Distinguir la ciudadanía de la nacionalidad. La primera debe definir la relación con un
espacio urbano y las relaciones sociales que en él se mantienen.

  Fuente: elaboración propia, libro Rosa Marí Ytarte

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